Sentencia N° 1402 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de octubre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1402, Exp. 05-665, 31/10/2005
Expediente05-665
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-10-31
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por los codemandados contra la sentencia del Juzgado Superior que había declarado con lugar la acción de concubinato. La Sala argumenta que los escritos de formalización del recurso fueron presentados dentro del tiempo hábil y que la Sala de Casación Social es competente para conocer del caso. Se desestiman las denuncias de vicios procesales y se confirma la titularidad del cincuenta por ciento de los bienes dejados por el causante a favor de la actora.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el expediente fue remitido inicialmente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, la cual lo recibió el 11 de febrero de 2005, y el 1° de marzo del mismo año se dio cuenta en Sala y se designó ponente. El 15 de marzo de 2005, la Sala de Casación Civil declaró perecido el recurso de casación anunciado contra la sentencia dictada en fecha 22 de noviembre de 2004, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare. Seguidamente, el 18 de marzo de 2005, la representación judicial de los codemandados recurrentes, mediante diligencia, solicita la nulidad de la sentencia anterior, en virtud de que la competencia para conocer del recurso de casación le correspondía a la Sala de Casación Social, y manifiesta que fue ante esta Sala que presentó oportunamente los escritos de formalización del recurso de casación. Con fundamento en lo anterior, en sentencia del 15 de abril de 2005, la Sala de Casación Civil ordena dejar si efecto y sin ningún valor jurídico la decisión Nº 028/2005 del 15 de marzo, dictada por esa Sala, y ordena remitir el expediente a esta Sala de Casación Social.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por los codemandados, ciudadanos Carmen Cecilia Sánchez Rivero, Zoilo José Sánchez Rivero, Eduardo Enrique Sánchez Rivero e Ismael José Sánchez Meléndez, contra la sentencia dictada en fecha 22 de noviembre de 2004, por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en los artículos 274 y 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
concubinatorecurso de casaciónvicios procesalestitularidad de bienesacción declarativacompetenciaderecho civil