Sentencia N° 1400 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de octubre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1400, Exp. 14-254, 03/10/2014
Expediente14-254
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIERREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2014-10-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Banco Provincial S.A. contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo que certificó la enfermedad ocupacional de un trabajador. La Sala argumenta que la parte apelante no logró demostrar el fumus boni iuris, es decir, la apariencia del buen derecho, al no cumplir con los requisitos establecidos para la procedencia de la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
La Sala considera que no se encuentra satisfecho el requisito del fumus boni iuris. Así se establece. Por otra parte, la Sala Político Administrativa de este alto Tribunal, en sentencia N° 1495 del 12 de diciembre de 2012 (caso: C.A., Dayco de Construcciones), dejó sentado lo siguiente: En orden a lo anterior, ha sido criterio de este Alto Tribunal que la suspensión de efectos de los actos administrativos constituye la medida cautelar típica del contencioso administrativo mediante la cual, haciendo excepción al principio de ejecutoriedad del acto administrativo -consecuencia de la presunción de legalidad y legitimidad-, se busca evitar lesiones irreparables o de difícil reparación al ejecutarse una eventual decisión anulatoria del acto, que podría constituir un menoscabo a la garantía del derecho fundamental de acceso a la justicia y al debido proceso.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 12 de diciembre de 2013; SEGUNDO: SE CONFIRMA la referida sentencia.