Sentencia N° 140 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de febrero de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0140, Exp. 07-1288, 14/02/2008
Expediente07-1288
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-02-14
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, DAYCI YSABEL LAGO SEQUERA, contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. La decisión se basa en la incomparecencia de la parte recurrente a la audiencia fijada, lo que conlleva a la aplicación del artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece que si el recurrente no comparece, se declarará desistido el recurso. Además, se ordena al Juzgado de Primera Instancia que continúe con los trámites subsiguientes.
Extracto de la motiva
Por lo que conforme prevé el último aparte del artículo 173 eiusdem de la ley in comento, si el recurrente no comparece a la audiencia, como en el caso de autos, se declarará desistido el recurso de casación interpuesto y el expediente se remitirá al Tribunal correspondiente.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante; y ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución que resulte competente continúe con los trámites subsiguientes.
Palabras clave
desistimientorecurso de casaciónaudienciaprestaciones socialestrabajoLey Orgánica Procesal del Trabajoincomparecencia