Sentencia N° 14 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de enero de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0014, Exp. 13-641, 20/01/2014
Expediente13-641
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-01-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por los demandantes contra un auto que negó la admisión de un recurso de casación. La decisión del Juzgado Superior del Trabajo fue confirmada, ya que la ley excluye la posibilidad de impugnar este tipo de decisiones a través del recurso de casación, permitiendo únicamente el control de la legalidad. Por lo tanto, el recurso de hecho fue declarado sin lugar.

Extracto de la motiva

Con el propósito de resolver el recurso de hecho ejercido, se observa que el mismo tiene por objeto el auto dictado en fecha 1° de abril de 2013, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, que negó la admisión del recurso de casación anunciado por los demandantes, al tratarse de una decisión que por su naturaleza ha sido expresamente excluida por la ley para ser impugnada a través del recurso extraordinario de casación, ello con fundamento en lo preceptuado en el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece: A petición de parte, podrá el juez de sustanciación, mediación y ejecución acordar las medidas cautelares que considere pertinentes a fin de evitar que se haga ilusoria la pretensión, siempre que a su juicio exista presunción grave del derecho que se reclama. Contra dicha decisión se admitirá recurso de apelación a un solo efecto, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, contados a partir del acto que se impugna, la misma será decidida en forma oral e inmediata y previa audiencia de parte, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes por el Tribunal Superior del Trabajo, sin admitirse recurso de casación contra dicho fallo. (Subrayado de la Sala) Como se observa, el citado artículo de la ley adjetiva laboral prevé que, contra la decisión que acuerde medidas cautelares, se admitirá recurso de apelación en un solo efecto, sin admitirse recurso de casación contra el fallo que decida la apelación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante, contra el auto dictado en fecha 1° de abril de 2013, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, que negó la admisión del recurso de casación anunciado contra la decisión emanada de ese mismo Tribunal, en fecha 19 de marzo de 2013. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de acreenciasrecurso de casacióntrabajojusticiadecisión judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca