Sentencia N° 1399 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 1399, Exp. 15-1292, 16/12/2016
Expediente15-1292
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-12-16
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia de la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Joaquín Anselmo Sánchez Medina, quien había apelado una decisión que declaró inadmisible su demanda. La Sala determinó que el recurso de casación había sido anunciado oportunamente, pero no se presentó el escrito de formalización correspondiente, lo que llevó a considerar el recurso como perecido.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos. Además el mismo artículo 171 eiusdem, establece que admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos más el término de la distancia, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. Determinado lo anterior, del cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala se constata que el lapso para consignar la formalización del recurso de casación anunciado por la parte demandada comenzó a transcurrir el 17 de octubre de 2015, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se confieren para el anuncio, y culminó el 5 de noviembre de 2015. Conforme con lo anterior, se observa que la parte actora anunció el recurso de casación oportunamente; no obstante, no presentó su escrito de formalización.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por el ciudadano JOAQUÍN ANSELMO SÁNCHEZ MEDINA, contra la sentencia dictada en fecha 8 de octubre de 2015 por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena al recurrente en las costas del recurso de conformidad con los artículos 59 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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