Sentencia N° 1394 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de noviembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1394, Exp. 10-1354, 25/11/2010
Expediente10-1354
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-11-25
DecisiónPERECIDO

Resumen

En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre el recurso de casación interpuesto por la co-demandada B&R, C.A. en un juicio por indemnización por accidente de trabajo. La Sala declara perecido el recurso de casación debido a que la parte recurrente no formalizó el mismo dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se establece que el lapso para formalizar el recurso comenzó a correr el 5 de octubre de 2010 y venció el 1 de noviembre del mismo año.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, y consagra como sanción a la inobservancia por parte del formalizante de dicho lapso, el perecimiento del recurso extraordinario. Asimismo, considera esta Sala que se dejará correr además el término de la distancia correspondiente, si la sede del Tribunal que dictó la sentencia recurrida no se encuentra en la capital de la República y se computará a partir del día siguiente del vencimiento del término de cinco (5) días que se conceden para el anuncio del recurso. En el caso específico, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el día siguiente a los cinco (05) días que se dan para el anuncio del mismo, es decir, en fecha cinco (05) de octubre del año 2010 y venció el primero (1°) de noviembre del mismo año por estar situado el Tribunal Superior en la ciudad de Maracaibo, estado Zulia y, siendo que la parte recurrente no presentó el respectivo escrito de formalización, forzoso es para esta Sala de Casación Social declarar perecido el recurso de casación anunciado por la co-demandada B&R, C.A. en el caso sub iudice, en atención a lo previsto en el penúltimo aparte del indicado artículo 171 de la Ley adjetiva Laboral.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la co-demandada B&R, C.A., contra el fallo emanado del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo en fecha 27 de septiembre del año 2010. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recurso de casaciónindemnizaciónaccidente de trabajoplazos procesalesderecho laboralsancionestribunales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca