Sentencia N° 1389 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1389, Exp. 12-1132, 05/12/2012
Expediente12-1132
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2012-12-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por GHELLA S.p.A. contra la Providencia Administrativa Certificación N° 0280-2011 emitida por el INPSASEL. La apelación fue declarada improcedente, ya que el recurrente no fundamentó adecuadamente las razones de hecho y de derecho que justificaran la medida cautelar solicitada. En consecuencia, se confirmó la improcedencia de la medida cautelar declarada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico.
Extracto de la motiva
De la exposición antes transcrita, evidencia la Sala, que el recurrente, luego de hacer una breve introducción, transcribe extractos de la sentencia que recurre, sin fundamentar las razones de hecho y de derecho que considera proceden en la medida cautelar de suspensión de efectos del acto dictado Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Guárico y Apure del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), razón por la cual la presente apelación resulta improcedente. Así se establece.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la sociedad mercantil GHELLA SpA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, en fecha 21 de junio del año 2012. En consecuencia, se CONFIRMA la improcedencia de la medida cautelar declarada por el a quo, en los términos expuestos en este fallo.