Sentencia N° 1389 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1389, Exp. 08-1199, 08/08/2008
Expediente08-1199
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2008-08-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronunció sobre un recurso de interpretación interpuesto por varios ciudadanos contra una sentencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo. La Sala determinó que el recurso no se refería a una norma legal, sino a una decisión judicial, lo que llevó a declarar su inadmisibilidad. Se enfatizó que el recurso de interpretación debe versar sobre textos legales y no sobre decisiones judiciales.

Extracto de la motiva

Ahora bien, de las dos disposiciones citadas anteriormente, se desprende que el recurso de interpretación debe versar sobre textos legales; en este sentido, cuando se han establecido, por vía jurisprudencial, los requisitos de admisibilidad de dicho recurso, pacíficamente se ha exigido que la interpretación solicitada se refiera a un texto legal, aún cuando el mismo no establezca expresamente la posibilidad de interpretarse (Vid. Sala de Casación Social, sentencia N° 498 del 10 de mayo de 2005, caso: Petróleos de Venezuela, S.A.). En el presente caso, constata esta Sala que la interpretación solicitada no se refiere a una norma de rango legal, sino que versa sobre una decisión judicial, emanada de un Juzgado con competencia en materia laboral. Adicionalmente, se observa que el recurso planteado en el caso bajo examen, pese a ser calificado por la parte recurrente como de interpretación, fue formulado como un recurso de casación, al incluir afirmaciones como las siguientes: Con fundamento en lo contemplado en el numeral 2 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 175, (sic) eiusdem, se denuncia la falsa aplicación del artículo 6 de la Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional, en concordancia con el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Procuraduría Nacional de la República (fenecida) y la falta de aplicación de la doctrina de la Sala.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación propuesto por los ciudadanos José Fernández, William José Rizo, José Amaro y Robinson Roldán, respecto de la sentencia emanada del extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de septiembre de 1998. No hay condenatoria en costas del recurso, debido a la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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