Sentencia N° 1386 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de octubre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1386, Exp. 14-682, 01/10/2014
Expediente14-682
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-10-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Laboratorios Vargas, S.A. contra la decisión del Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo, que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos de un acto administrativo. La Sala determinó que la apelación carecía de fundamento suficiente, ya que los alegatos presentados consistían en supuestos hipotéticos sin evidencia concreta que demostrara un posible perjuicio real para la recurrente. En consecuencia, se declaró sin lugar el recurso de apelación y se mantuvo firme el fallo apelado.
Extracto de la motiva
Conforme se señaló precedentemente, la recurrente acusa el vicio de petición de principio por la recurrida, por haber dado por demostrado lo que debía demostrar, pese a la cantidad de elementos fácticos objetivos contenidos en la demanda de nulidad del acto administrativo, que no pueden ser asumidos por el sentenciador como supuestos hipotéticos de perjuicio, sin entrar a analizar las pruebas que evidencia la presunción grave de las violaciones alegadas, comportamiento que violenta el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 243, numeral 4° del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 11 de la mencionada ley adjetiva laboral.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil Laboratorios Vargas, S.A. contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de marzo de 2014 y; en consecuencia, FIRME el fallo apelado.
Palabras clave
vicio de petición de principioinmotivaciónpruebassentenciajurisdicción contencioso administrativaderechosadministrativo