Sentencia N° 1385 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1385, Exp. 13-1018, 16/12/2013
Expediente13-1018
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por DEL SUR, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra un acto administrativo que estableció la Certificación de Discapacidad Total Permanente. El Juzgado Primero Superior del Trabajo declaró desistido el recurso de nulidad, lo que llevó a la parte demandante a apelar dicha decisión. Sin embargo, la parte apelante no presentó la fundamentación del recurso en el plazo establecido por la ley.
Extracto de la motiva
La norma en referencia, impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso sub examine el expediente se dio por recibido el 03 de julio del año 2013 y siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación, incluyendo cuatro (4) días en razón del término de la distancia, venció el 20 de septiembre del año 2013, según consta en el cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 1° de octubre del año 2013, sin que la parte recurrente consignare el escrito de fundamentación en el lapso indicado, esta Sala, en aplicación del artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de de la sociedad mercantil DEL SUR, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en la ciudad Barcelona, de fecha 04 de junio del año 2013.