Sentencia N° 1385 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de octubre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1385, Exp. 05-966, 31/10/2005
Expediente05-966
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-10-31
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decide sobre un recurso de casación interpuesto por el ciudadano Fredy Antonio Yépez, quien había sido declarado sin lugar en su apelación por el Juzgado Superior del Trabajo del Estado Lara. La Sala determina que el recurso de casación ha perecido debido a que la formalización del mismo fue presentada fuera del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del especialísimo recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha catorce (14) de mayo de 2005, día siguiente al último de los cinco (5) días de Despacho que se otorgan para el anuncio, y venció el seis (6) de junio del año 2005. En este sentido, observa la Sala que el demandante recurrente en casación, presentó escrito de formalización del recurso de casación, el día 14 de junio de 2005 con posterioridad a la finalización del lapso correspondiente, en consecuencia, esta Sala considera perecido el recurso de casación interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra el fallo emitido en fecha 29 de abril de 2005, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Se condena en costas a la parte demandante recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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