Sentencia N° 1382 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de octubre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1382, Exp. 14-905, 01/10/2014
Expediente14-905
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-10-01
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y concluyó que la sentencia recurrida no vulneraba normas de orden público, por lo que no era necesario conocer del recurso. Se declaró inadmisible el recurso presentado por la representación judicial de la parte demandada.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de tiempo y de forma antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Denuncia la representación judicial de la parte demandada, que la sentencia impugnada violenta normas de orden público, previstas tanto en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, así como en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; por cuanto a su decir, violenta el debido proceso previsto en el artículo 49 de la citada Constitución, y en los artículos 86 y 425 de la Ley Sustantiva en materia laboral, igualmente mencionada.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 21 de mayo del año 2014, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, a los fines legales consiguientes. Particípese de esta decisión al Tribunal de origen.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciaderecho laboralorden públicoinadmisibilidad