Sentencia N° 1380 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de septiembre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1380, Exp. 08-2063, 21/09/2009
Expediente08-2063
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2009-09-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por Macarena del Rosario Nieto Mallea contra una sentencia que declaró inadmisible su demanda por no haber agotado el procedimiento administrativo previo. La Sala, al interpretar el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, estableció que no es exigible dicho agotamiento en procesos donde se involucren derechos patrimoniales de la República. La decisión anula el fallo recurrido y ordena la reposición de la causa para que se admita la demanda y se fije audiencia preliminar.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el legislador establece a favor de los entes públicos prerrogativas que inciden en distintas etapas del proceso afectando de manera ostensible el equilibrio de la relación procesal: el agotamiento del procedimiento administrativo previo a las demandas, las limitaciones al poder cautelar, la notificación, la no confesión ficta, las formas anormales de terminación del proceso, costas y retasa, y ejecución de sentencia. Estas prerrogativas no tienen todas la misma justificación, algunas son justificadas en razón del carácter con que actúan los entes públicos como tutores del interés general, que conlleva que una perdida sufrida por el Estado implica un perjuicio indirecto para toda la colectividad; otras se justifican en la tutela que hace el legislador del principio de legalidad presupuestaria. Ahora bien, la aplicación de estas prerrogativas en el proceso laboral requiere su adecuación a la naturaleza excepcional y al carácter social y protector del Derecho Procesal del Trabajo, es decir, el alcance de dicha aplicación amerita la interpretación de las prerrogativas considerando como premisa orientadora los lineamientos antes expuestos.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 4 de noviembre de 2008, emanada del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas; 2°) se ANULA el fallo recurrido, y 3°) SE REPONE la causa al estado ya fijado en la parte motiva de la presente sentencia.

Palabras clave

control de legalidadprocedimiento administrativoderechos laborales

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