Sentencia N° 1378 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1378, Exp. 08-543, 08/08/2008
Expediente08-543
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2008-08-08
DecisiónAdmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada, en el contexto de un juicio por calificación de despido. La sentencia impugnada había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte actora, revocando una decisión anterior que había declarado sin lugar la demanda. La Sala analizó los argumentos presentados por la parte recurrente, quienes alegaron violaciones a normas de orden público y a la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o resulten contrarias a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Aduce la parte recurrente que la sentencia cuya impugnación pretende, viola normas de orden público y es contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala de Casación Social. Como fundamento del presente medio de impugnación expresó lo siguiente: De las pruebas de autos se evidencia que las faltas graves a las obligaciones que impone la relación de trabajo en las que incurrió el ACTOR se desarrollaron en el periodo de 30 días continuos (desde el 23-09-2006 al 23-10-2006 fecha del despido), con base en lo cual la DEMANDADA procedió a despedir justificadamente al ACTOR. Posteriormente, y conforme lo establece el artículo 187 de la LOPT, la DEMANDADA de manera oportuna procedió a participar el despido justificado del ACTOR ante los tribunales laborales.

Dispositiva

En mérito a las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de febrero de 2008. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la parte actora pueda consignar la contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará el día y la hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

despidocontrol de legalidadrecursonormas de orden públicojustificaciónrelación laboralsentencia impugnadaderecho a la defensa

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