Sentencia N° 1363 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de septiembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1363, Exp. 14-772, 25/09/2014
Expediente14-772
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-09-25
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Alcadio Rafael Salas contra la sentencia del Tribunal Superior Tercero del Trabajo que confirmó la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional. La Sala argumenta que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y que las sentencias que resuelven acciones de amparo constitucional no son revisables por esta Sala, sino por la Sala Constitucional del TSJ.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional es la garantía o medio a través de la cual se protegen los derechos fundamentales que la Constitución reconoce a las personas, destinada a restablecer a través de un procedimiento breve los derechos lesionados o amenazados de violación, que impliquen necesariamente infracciones constitucionales. El conocimiento de dichas acciones corresponderá a los Tribunales de Primera Instancia de la materia relacionada o afín con el amparo, siendo los Superiores de dichos Tribunales quienes conocerán las apelaciones y consultas que emanen de ellos, cuyas decisiones sólo serán revisables, por vía excepcional, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en el ejercicio de la jurisdicción constitucional, todo ello de conformidad con el numeral 10 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionante, contra la sentencia dictada el 25 de abril de 2014, por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.

Palabras clave

control de la legalidadamparo constitucionaljurisdicciónsentenciasinadmisionnormas laborales

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