Sentencia N° 1362 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1362, Exp. 13-673, 12/08/2014
Expediente13-673
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo, que había declarado improcedente la adhesión a la apelación interpuesta por la parte actora y parcialmente con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada. La Sala confirmó el fallo recurrido, argumentando que no existía incongruencia positiva en la decisión del tribunal inferior, ya que se ajustaba a lo alegado por las partes en el proceso.

Extracto de la motiva

Constituye criterio reiterado, que el recurso de casación persigue la nulidad del fallo dictado en contravención a la Ley. Sus efectos anulatorios ponen de manifiesto la importancia de este medio de excepción, procedente por los supuestos contenidos en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido, requiere la formalización del recurso, señalar: 1) la indicación de los supuestos de casación contenidos en el artículo 168 eiusdem, 2) el señalamiento de los artículos que se consideren infringidos y 3) las razones o fundamentos que apoyan la denuncia, a fin de evidenciar en forma precisa dónde se encuentra el vicio. De la lectura detallada del escrito recursivo, se desprende que la representación judicial de la demandada recurrente cumplió parcialmente con la técnica indicada, toda vez que señaló las normas delatadas como infringidas y las razones en que fundamenta su denuncia, mas no señaló el vicio que les imputa conforme a los términos previstos en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 168 de la ley adjetiva laboral; sino con base en las disposiciones del recurso extraordinario de casación previstas en el Código de Procedimiento Civil, normas que en sujeción a lo previsto en el artículo 11 de la Ley adjetiva laboral, son de carácter supletorio; razón por la que esta Sala en aplicación de los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, procede a conocer la denuncia planteada.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 10 de abril de 2013; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. De conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte recurrente, en lo que respecta al ejercicio del presente recurso.

Palabras clave

casaciónprestaciones socialesincongruencia positivagrupo económicocontrato colectivo

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