Sentencia N° 1355 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1355, Exp. 13-1239, 16/12/2013
Expediente13-1239
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La decisión se fundamentó en que el monto exigido para acceder a la sede casacional no fue alcanzado por la pretensión de los actores, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. La Sala destacó que la cuantía mínima requerida para el recurso de casación es de tres mil unidades tributarias, y en este caso, los montos reclamados por los demandantes fueron inferiores a dicha cantidad.
Extracto de la motiva
El Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, negó el recurso de casación anunciado por la parte demandada apoyándose en los siguientes argumentos: Así dado que el monto exigido por el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para acceder a la sede casacional en los juicios laborales, era de Bs. 228.000,oo y evidenciado como fue que dicho monto no fue alcanzado por la pretensión de ninguno de los actores, resulta forzoso para esta Alzada declarar inadmisible el recurso de casación anunciado. Y así se decide. En virtud de las consideraciones previamente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado en fecha 17 de julio de 2013, por el Profesional del Derecho, JIMMY J. INOJOSA P., en ejercicio, ya identificado, contra la Sentencia proferida por este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 11 de julio de 2013. Y así se decide.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 23 de julio del año 2013, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, denegatorio a su vez del recurso de casación anunciado contra el fallo emanado del mencionado Juzgado, el 11 de julio del mismo año. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo, se condena en costas del recurso a la parte recurrente de hecho.