Sentencia N° 135 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0135, Exp. 12-575, 19/02/2014
Expediente12-575
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2014-02-19
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil INDUSTRIAS RRC, C.A. contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La parte recurrente no presentó los fundamentos requeridos dentro del plazo establecido, lo que llevó a la Sala a considerar desistido el recurso. La sentencia apelada se mantiene firme al no violar normas de orden público.
Extracto de la motiva
Este artículo le impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso de autos el expediente se dio por recibido el 30 de julio de 2013 y la parte recurrente no fundamentó su recurso, siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación venció el 17 de septiembre de 2013, lo cual consta en cómputo realizado por secretaría en fecha 1° de octubre de 2013, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, considera desistido el recurso interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la sentencia dictada en fecha 03 de junio de 2013 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y, en consecuencia, se declara firme el fallo apelado.
Palabras clave
apelaciónjurisdicción contencioso administrativafalta de fundamentacióndesistimientosentenciatribunal supremo