Sentencia N° 135 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de febrero de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0135, Exp. 05-1982, 02/02/2006
Expediente05-1982
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-02-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Carlos Luis Acuña Gallardo contra la sentencia del Juzgado Superior Primero Transitorio del Trabajo de Anzoátegui. La decisión se basa en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisibilidad del recurso. Se argumentó que la parte recurrente no demostró la infracción de derechos fundamentales en el proceso.
Extracto de la motiva
Alega la parte recurrente, la infracción por la recurrida del artículo 49 numeral 3° de la Constitución de la República, referentes al debido proceso y al derecho a la defensa, por cuanto a su decir, no debió declarar la perención de la instancia al no haberse verificado, todo lo cual luego de una revisión minuciosa a las actas del expediente, no fue constatado por esta Sala.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 08 de noviembre del año 2005, emanada del Juzgado Superior Primero Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona.
Palabras clave
control de la legalidadinadmisibilidaddebido procesoderecho a la defensaperención de la instanciajurisprudenciarecursotrabajo