Sentencia N° 1340 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de junio de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1340, Exp. 07-916, 19/06/2007
Expediente07-916
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-06-19
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por Orlando Romero contra la decisión del Juzgado Superior Segundo para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. El recurso fue anunciado en fechas 22 de enero y 6 de marzo de 2007, pero no fue formalizado dentro del lapso legal establecido, lo que llevó a la Sala a declarar su perención. Se enfatiza la importancia de cumplir con los requisitos formales para la formalización del recurso de casación.
Extracto de la motiva
En cuanto a la tempestividad del recurso de casación, quedó demostrado de la nota estampada por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de Caracas que dicho recurso es tempestivo, toda vez que se anunció en fechas 22 de enero y 6 de marzo de 2007, y el mencionado Juzgado Superior dejó constancia que el lapso para interponer el referido recurso culminaba el 11 de abril de 2007. Sobre la naturaleza del fallo, se observa que se trata de una sentencia definitiva dictada en alzada por un Juzgado Superior Laboral. Atendiendo a la cuantía del juicio, se constata que en el presente caso el escrito libelar fue interpuesto por el trabajador en fecha 22 de abril de 2002, por lo que para ese momento el monto de la cuantía mínima para el ejercicio del recurso de casación era mayor a tres millones de bolívares (Bs. 3.000.000,00), de conformidad con el Decreto Presidencial 1.029 de fecha 22 de enero de 1996, publicado en Gaceta Oficial N° 36.884 de la misma fecha –vigente para ese momento- es concluyente que el caso sub iudice cumple con el precitado requisito de la cuantía requerida para acceder a casación.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial del ciudadano Orlando Romero contra la decisión proferida el 15 de enero de 2007 por el Juzgado Superior Segundo para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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