Sentencia N° 134 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de febrero de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0134, Exp. 07-1628, 17/02/2009
Expediente07-1628
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-02-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Luis E. Franceschi Gutiérrez, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte opositora contra una decisión del Juzgado Superior Octavo Agrario del Estado Zulia. La Sala declaró sin lugar el recurso, argumentando que las denuncias planteadas por la parte recurrente carecían de fundamento y no demostraron la infracción de las normas alegadas.
Extracto de la motiva
Consumada la lectura de la cuestión expuesta por la formalizante, se distingue que la misma pretende atribuir el establecimiento de cuestiones jurídicas determinadas por el tribunal de la causa, como si también lo hubiese realizado en la misma forma el tribunal que dicta la recurrida, sólo por el hecho de la conformidad de fallos de instancia; por lo que debe indicarse a la formalizante, que por el hecho de que un tribunal confirme una decisión de otro juzgado inferior, no necesariamente implica que se compartan los criterios que llevaron a la resolución final. Es decir, la presente denuncia reposa sobre criterios fijados por el a quo – resaltado en negrillas por la formalizante- que cursan en el último párrafo del folio 52 de la Pieza Principal, y que fueron reseñados por la recurrida, tal y como consta al folio 208 de la misma Pieza, pero, que en forma alguna, han sido expresamente acogidos por el ad quem. Así las cosas, estima esta Sala indicarle a la formalizante que el presente recurso de casación ha sido anunciado y formalizado expresamente contra la decisión de fecha 7 de mayo de 2007, dictada por el Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y no contra otra sentencia, por lo que mal puede pretender plantear denuncias que traten sobre otras decisiones distintas; lo cual trae como consecuencia inmediata que se declare improcedente lo aquí acusado. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por el abogado José Ángel Balzán, actuando en representación judicial de la parte opositora, en contra de la decisión emanada del Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Zulia en fecha 7 de mayo de 2007. De conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del recurso a la parte recurrente.