Sentencia N° 134 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de febrero de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0134, Exp. 07-1917, 14/02/2008
Expediente07-1917
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-02-14
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de febrero de 2008, declara desistido el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada, Fábrica Nacional de Cementos, C.A., contra una sentencia dictada el 2 de agosto de 2007 por el Juzgado Superior Segundo para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. La decisión se basa en la manifestación de desistimiento presentada por la abogada Beatriz Rojas Moreno, apoderada judicial de la parte demandada. La Sala verifica la representación judicial y la facultad conferida para actuar en nombre de la empresa demandada. Además, se ordena continuar con los trámites procesales correspondientes al recurso de casación interpuesto por la parte actora, Gladys Petronila Aular de Colmenares, en el contexto de un juicio por accidente de trabajo. Se condena en costas a la parte recurrente que desiste, conforme al artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada contra la sentencia de fecha dos (2) de agosto de 2007 dictada por el Juzgado Superior Segundo para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; y ORDENA se continúe los trámites procesales correspondientes al recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se condena en costas a la parte recurrente que desiste.

Dispositiva

DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada contra la sentencia de fecha dos (2) de agosto de 2007 dictada por el Juzgado Superior Segundo para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; y ORDENA se continúe los trámites procesales correspondientes al recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se condena en costas a la parte recurrente que desiste.

Palabras clave

desistimientorecurso de casacionaccidente de trabajocostastrabajojuzgado superior

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