Sentencia N° 134 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de marzo de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 134, Exp. 03-374, 09/03/2004
Expediente03-374
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-03-09
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la falta de formalización del recurso de casación anunciado por la parte demandada, declara perecido dicho recurso. La decisión se basa en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, que establece las condiciones para la formalización de los recursos. La sentencia recurrida había declarado parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la parte demandante en un proceso de divorcio.
Extracto de la motiva
La representación judicial de la parte demandada, anunció el extraordinario recurso de casación en fecha 31 de marzo de 2003, tal y como consta al folio 80 del presente expediente; posteriormente, dicho recurso fue admitido por la Corte que conoció de la sentencia recurrida. Sin embargo, hasta la fecha en la cual se publica el presente fallo, no se ha recibido en esta Sala, la formalización del presente recurso de casación, razón por la cual, el mismo se declara perecido a tenor de lo dispuesto en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado contra la sentencia de fecha 25 de febrero de 2003, emanada de la Corte de Apelaciones con competencia múltiple en lo Civil, Mercantil, Penal, del Tránsito, del Trabajo y Agrario del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro. Se condena en costas a la parte demandada, recurrente en casación, de conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
divorciorecurso de casaciónCódigo de Procedimiento Civilapelacióncostasparte demandanteparte demandada