Sentencia N° 1339 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1339, Exp. 06-708, 09/08/2006
Expediente06-708
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-08-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La apelación fue declarada desistida por incomparecencia del apelante y la decisión del Juzgado Décimo Tercero fue confirmada. La Sala observó que el recurrente no fundamentó adecuadamente su solicitud, lo que llevó a la declaratoria de inadmisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En el caso concreto expone el recurrente en su solicitud, que el Juzgado Superior después de un mes y diez días de oída la apelación, mediante auto de fecha 24 de marzo de 2006 fijó la audiencia para el tercer día hábil siguiente, a las nueve de la mañana, sin notificación previa ni día específico de presentación del recurrente y alega que para no conculcar el derecho a la defensa y debido a la rigurosidad de la sanción debe notificarse a las partes cuando se han pasado los lapsos procesales, ante lo cual la Sala observa del escrito de solicitud del presente recurso de control de la legalidad, que el recurrente no señala de manera expresa la violación de alguna norma de orden público o la contravención de alguna jurisprudencia emanada de esta Sala, lo que hace imposible entender el fundamento de su pretensión y conlleva a la declaratoria de inadmisibilidad del medio de impugnación interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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