Sentencia N° 1337 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de noviembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1337, Exp. 10-1284, 18/11/2010
Expediente10-1284
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-11-18
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de Ismael José Osuna Hernández contra la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La sentencia recurrida había declarado la reposición de la causa al estado que el Tribunal encargado de la admisión se pronuncie sobre la demanda de José Rafael Martínez Méndez. La Sala consideró que la denuncia no impugnaba el fundamento de la reposición, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

Como se aprecia, para que proceda la admisibilidad de dicho medio excepcional de impugnación, se debe cumplir con los requerimientos formulados en el dispositivo legal reproducido en el párrafo precedente, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; y/o 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Expuesto lo anterior, esta Sala de Casación Social pasa a estudiar el asunto: La parte recurrente señala que la Alzada quebrantó el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y explica que para el momento en que se practicó la notificación de la parte demandada por el Alguacil, la misma fue recibida por la ciudadana KARINA FUENTES, asistente contable de la empresa demandada, y practicada en dirección de la empresa en la ciudad de Caracas. Que en diligencia consignada por el Alguacil Titular, consta que éste se trasladó a la dirección de la empresa demandada, y se entrevistó en la oficina receptora con la empleada de la misma, a quien entregó los carteles de notificación y dejó constancia que fijó cartel de notificación cumpliendo así con lo preceptuado en el referido artículo 126. Es así como la parte recurrente solicita la admisión del presente recurso de control de la legalidad. Ahora bien, una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado por la parte recurrente y la sentencia impugnada, esta Sala de Casación Social considera que la denuncia únicamente ataca el criterio del Juez a quo reflejado de manera resumida en la sentencia del Superior, pero en modo alguno impugna el fundamento de reposición del Juez ad quem, lo que lleva a concluir que la sentencia recurrida no incurre en las violaciones que se le imputan, lo cual trae como efecto inmediato la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de control de la legalidad interpuesto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra el fallo emitido por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 6 de agosto de 2010. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

recursoinadmisibilidadsentenciacontrol de legalidadjuzgados superioresderecho laboral

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