Sentencia N° 1333 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1333, Exp. 13-1136, 12/08/2014
Expediente13-1136
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por MGH PROTECCIÓN INTEGRAL, C.A. contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo del estado Zulia, que declaró sin lugar el recurso de nulidad contra un acto administrativo. La Sala determinó que el alegato de incompetencia del ente administrativo era improcedente, ya que la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del estado Zulia tenía competencia para imponer sanciones según la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Asimismo, la Sala observó que la parte recurrente no interpuso el recurso ordinario de apelación contra la decisión que inadmitió pruebas, lo que llevó a declarar firme la sentencia apelada. En consecuencia, se decidió declarar sin lugar el recurso de apelación y se condenó al pago de las costas procesales del recurso, reafirmando la validez del fallo recurrido. Finalmente, la Sala enfatizó la importancia de la distribución de competencias en la Administración Pública y la necesidad de respetar los plazos establecidos para la presentación de recursos, lo que garantiza el debido proceso y el derecho a la defensa.

Extracto de la motiva

Observa la Sala, que contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 21 de mayo de 2013, la representante legal de la recurrente abogada Mery Ferrer, interpuso tempestivamente escrito de fundamentación al recurso de apelación, posteriormente representantes legales de la empresa interpusieron en fecha 4 de octubre de 2013, otro escrito de fundamentación fuera del lapso legalmente establecido en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en razón a ello esta Sala, pasará a conocer el recurso sobre la base del escrito presentado de fecha 21 de mayo de 2013. Así se decide. En el caso sub examine, la sociedad mercantil Mgh Protección Integral, C.A., interpuso recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto administrativo de efectos particulares de fecha 25 de octubre de 2011 signada con el N° PA-USZ-176-2011 dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Zulia (Diresat Zulia) y notificada el día 5 de marzo de 2012. Delata la parte recurrente, que el órgano emisor del acto administrativo recurrido era incompetente para la imposición de la sanción de la cual fuera objeto su patrocinada, y que pese a su anuncio dicha incompetencia fue convalidada por la recurrida, tal como se evidenció según la recurrente, en el folio 47 de la sentencia, en la cual se señaló entre otros que: En tal sentido, conviene precisar que mediante providencia administrativa de la Presidencia del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales nº 23 de fecha 13/12/2004 y providencia n° 2 del 31/8/2006, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, número 38.556 de fecha 3 de noviembre de 2006 y recientemente en providencia administrativa de la Presidencia del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales nº 12 en fecha 30 de abril de 2008, se estableció la desconcentración funcional del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a los fines de organizar la distribución territorial de competencia proporcionada entre las diferentes Direcciones Estadales de Salud de los Trabajadores, de acuerdo a los principios de simplicidad, transparencia y cercanía organizativa a los particulares, dispuestos en el artículo 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública vigente.

Dispositiva

PRIMERO. SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante sociedad Mercantil Mgh Protección Integral, C.A, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, de fecha 21 de mayo de 2013. SEGUNDO. FIRME el fallo recurrido. Se condenatoria al pago de las costas procesales del recurso.

Palabras clave

competenciaadministrativasancionesINPSASELDiresatderecho administrativopotestadreserva legal

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