Sentencia N° 1333 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de junio de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1333, Exp. 06-2127, 19/06/2007
Expediente06-2127
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-06-19
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre una solicitud de aclaratoria presentada por el abogado de la parte actora, en relación a la sentencia N° 976 dictada el 15 de mayo de 2007. La solicitud buscaba rectificar los cómputos acordados sobre días de vacaciones y salarios base. Sin embargo, el Tribunal determinó que no existían puntos dudosos ni errores que justificaran la aclaratoria, ya que los conceptos laborales habían sido revisados y acordados previamente en la sentencia original.
Extracto de la motiva
La doctrina de esta Sala ha sido pacífica y reiterada respecto a que el alcance de la aclaratoria y ampliación de una decisión es para aclarar puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, pero nunca para revocar o reformar las sentencias a través del conducto de dichas aclaratorias y ampliaciones o para resolver asuntos ajenos al recurso decidido, y que el lapso para solicitar aclaratoria o ampliación de las sentencias emanadas de este alto Tribunal es el establecido en el citado artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, el cual, textualmente señala: “Después de pronunciada la sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación, no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el Tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la sentencia, con tal de que dichas aclaraciones y ampliaciones las solicite alguna de las partes en el día de la publicación o en el siguiente”. (Subrayado de la Sala).
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria interpuesta por el abogado el abogado José Eduardo Guarapo Rodríguez, apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia publicada por esta Sala en fecha 15 de mayo de 2007.
Palabras clave
aclaratoriacálculos laboralesvacacionesparticipación en beneficiossentenciarecurso de casaciónderecho laboral