Sentencia N° 1333 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1333, Exp. 05-1064, 11/10/2005
Expediente05-1064
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-10-11
DecisiónADMITE el recurso de control de la legalidad

Resumen

La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en un procedimiento de calificación de despido. Se establece que el recurso es un medio de impugnación excepcional y se deben cumplir ciertos requisitos para su admisión, como la oportunidad de interposición y la extensión del escrito. La Sala concluye que el recurso no ha sido intentado maliciosamente y que existen motivos racionales para su interposición.

Extracto de la motiva

La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su artículo 178, consagra el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional; en tal sentido, establece que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no fueren recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la doctrina jurisprudencial de esta Sala, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad del mismo. Además, la admisión del recurso in commento exige que se verifique la oportunidad de su interposición, pues la referida Ley establece el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión, para el ejercicio del recurso del control de la legalidad; asimismo la extensión del escrito no puede exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Igualmente, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de esta Sala.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 3 de junio de 2005. En consecuencia, a partir del día siguiente de la publicación del presente auto comenzará a correr el lapso de veinte (20) días calendario consecutivos, para que las partes intervinientes en el proceso en que surgió la oposición, consignen la contestación del recurso, y una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

control de la legalidadrecursoadmisibilidaddespidotrabajojurisprudenciaorden público

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