Sentencia N° 1333 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de octubre de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 1333, Exp. 04-1057, 27/10/2004
Expediente04-1057
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2004-10-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Agrario del Estado Táchira. La decisión de la Sala se basa en que el recurso fue ejercido contra una sentencia interlocutoria, lo cual no es procedente según la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La Sala establece que este tipo de sentencias no son impugnables a través del recurso de control de la legalidad, ya que se considera que el agravio puede ser reparado en la sentencia definitiva.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, en los siguientes términos: 'El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación.' En el caso bajo análisis observa la Sala, que el recurso de control de la legalidad ejercido es contra una decisión dictada por un Juzgado de Primera Instancia, que conociendo en alzada, declaró con lugar el recurso de apelación y sin lugar la reposición de la causa al estado que se practique la citación de la empresa accionada y ordenó a la parte demandada a contestar la demanda al tercer día de despacho siguiente 'a que conste en autos el recibo de la apelación por el Tribunal de la causa'. Ahora bien, al respecto, es de señalar que si bien la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que el mismo puede solicitarse contra las sentencias emanadas por los Tribunales Superiores del Trabajo, no señala expresamente que tipo de sentencias son las recurribles.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 27 de noviembre del año 2003 emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en la ciudad de San Cristóbal. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en la ciudad de San Cristóbal. Particípese esta decisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado.

Palabras clave

control de la legalidadsentencia interlocutoriarecurso de apelaciónLey Orgánica Procesal del Trabajoinadmisibilidadjurisprudenciaderecho laboral

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