Sentencia N° 1331 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 1331, Exp. 16-330, 13/12/2016
Expediente16-330
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-12-13
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente que la sentencia recurrida no era impugnable en casación, lo que llevó a declarar la inadmisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

Para que proceda la admisibilidad del extraordinario recurso de control de la legalidad, es necesario el cumplimiento de los requisitos legales antes expuestos, entre los cuales se encuentra, que la sentencia contra la cual se recurre no sea impugnable en casación. Al respecto, la Sala Constitucional de este alto Tribunal, en sentencia N° 1573 de fecha 12 de julio del año 2005, publicada en Gaceta Oficial N° 38.249 de fecha 12 de agosto del mismo año (caso: Recurso de Revisión intentado por Carbonell Thielsen C.A.), estableció: En tal sentido, esta Sala en aras de preservar la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva y el debido proceso, establece que la cuantía necesaria para acceder a casación, debe ser la misma que imperaba para el momento en que se interpuso la demanda, pues es en ese momento en el cual el actor determina el derecho a la jurisdicción y la competencia por la cuantía y por ello considera cumplido el quantum requerido por el legislador para acceder en sede casacional, pues las partes no están en disposición de prever las modificaciones de la cuantía a que hubiere lugar durante la tramitación del proceso para acceder en casación. Así se decide.

Dispositiva

Declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 4 de diciembre del año 2015, emanada del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Continúese con la tramitación del recurso de casación propuesto por la parte accionada. Agréguese al expediente.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadrecursojurisprudenciasentenciatribunal

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