Sentencia N° 1328 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 1328, Exp. 13-564, 16/12/2013
Expediente13-564
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte actora, LENNYS ELIANA SALAZAR MERCADO, contra un auto del Juzgado Superior Sexto del Trabajo que había declarado sin lugar un recurso de casación. La Sala admitió el recurso de casación, argumentando que la decisión del Juzgado Superior confirmaba un auto que ponía fin al proceso, lo que causaba un gravamen irreparable a las partes. La Sala revocó el auto de 20 de marzo de 2013 y admitió el recurso de casación anunciado por la parte actora.

Extracto de la motiva

El Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al negar el recurso de casación anunciado por la parte actora, lo hizo basándose en lo siguiente: (…) en cuanto a la admisión del referido recurso de casación anunciado, en fecha once (11) de marzo de dos mil trece (2013), que resuelve la controversia generada en ocasión del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en fecha (17) de diciembre de dos mil doce (2012), recurso que esta Alzada declaró Sin Lugar, confirmándose el auto apelado. De acuerdo a lo expresado, no es admisible el Recurso de Casación contra la sentencia dictada por esta alzada en virtud de que dicha apelación fue oída en un solo efecto y aunando a este hecho la mencionada decisión no pone fin al proceso. Asimismo, dicha causa no alcanza la cuantía exigida por Ley para la interposición del referido recurso. De forma que, al ser interpuesto por la parte actora el mencionado recurso de casación en contra de la sentencia publicada por este Juzgado Superior que resolvió una incidencia presentada en fase de juicio oral y de acuerdo con la doctrina sentada por la sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en sentencias N° 1389 y 1390 de fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil cinco (2005), en consecuencia, esta Alzada declara la inadmisibilidad del recurso de casación, anunciado en fecha diecinueve de (19) de marzo de dos mil trece (2013), por la parte actora contra la sentencia de fecha (11) de marzo de dos mil trece (2013). Así se Decide.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte actora, contra el auto de 20 de marzo de 2013, proferido por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: ADMITE el recurso de casación anunciado por la parte actora, contra la sentencia de 11 de marzo del mismo año, dictada por el referido Juzgado Superior. TERCERO: REVOCA el auto de 20 de marzo de 2013.

Palabras clave

recurso de casaciónprestaciones socialesincidenciasentencia interlocutoriacierre informativogravamen irreparable

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