Sentencia N° 1328 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1328, Exp. 05-993, 11/10/2005
Expediente05-993
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-10-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 11 de octubre de 2005, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante. La Sala analizó los argumentos presentados y determinó que no se ajustaban a los fines del recurso, por lo que no era necesario ejercer el control de la legalidad de la sentencia impugnada. Se destacó que el recurso es un medio excepcional que requiere cumplir con ciertas exigencias establecidas en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, cuya admisibilidad requiere que se satisfagan las exigencias establecidas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal, o bien sean contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Además, es indispensable verificar la oportunidad de su interposición, pues la citada norma prevé un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión para el ejercicio del recurso de control de la legalidad, así como la extensión del escrito, que no puede exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Analizados como han sido los argumentos expuestos por la recurrente, así como la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el presente expediente, considera esta Sala que la pretensión de la parte recurrente no se ajusta a los fines del recurso, por lo cual es innecesario desplegar la actividad jurisdiccional de la Sala para ejercer el control de la legalidad de la sentencia impugnada.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el abogado José Vicente Santana Osuna, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil Protección y Vigilancia de Venezuela, C.A., contra la sentencia de fecha 10 de mayo de 2005, publicada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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