Sentencia N° 1325 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1325, Exp. 12-1265, 28/11/2012
Expediente12-1265
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-11-28
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Carabobo. La decisión apelada era una sentencia interlocutoria que no ponía fin al juicio, permitiendo que cualquier agravio pudiera ser reparado en la sentencia definitiva. Se reafirma el criterio de que las sentencias interlocutorias pueden ser recurridas, pero su eventual agravio puede ser subsanado posteriormente.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. Observa la Sala, que la decisión apelada, es una sentencia interlocutoria proferida por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, en fecha 8 de mayo de 2012, la cual negó la denuncia de supuestos vicios procesales y solicitud de la parte actora de notificar a la sociedad mercantil RUSSO, C.A. en la misma sede y dirección correspondiente a la sociedad de comercio INVERSORA 160594, C.A.; por considerar que lo peticionado constituye una modificación del sujeto pasivo procesal no contemplada en los presupuestos legales. En efecto, el control de la legalidad ejercido versa contra la decisión proferida por un juez superior laboral, que declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra la decisión emitida supra; es decir, se trata de una decisión interlocutoria que no pone fin al juicio y cuyo eventual gravamen puede ser reparado en la sentencia definitiva.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 2 de julio de 2012. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de legalidadrecursostribunalesderecho laboralsentenciasorden público