Sentencia N° 1324 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1324, Exp. 08-816, 08/08/2008
Expediente08-816
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2008-08-08
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Ender José Rivas González contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que había revocado la decisión de primera instancia que declaró con lugar la demanda de divorcio. La Sala argumentó que la recurrida no incurrió en inmotivación por silencio de pruebas, ya que analizó las pruebas presentadas y justificó su decisión. Además, se reafirmó que el juez debe resolver sobre lo alegado en el libelo y la contestación, sin incurrir en incongruencia negativa.
Extracto de la motiva
La motivación, ha dicho el Tribunal Supremo, debe estar constituida por las razones de hecho y de derecho que dan los jueces como fundamento del dispositivo. Las primeras están formadas por el establecimiento de los hechos con ajustamiento a las pruebas que los demuestran; y las segundas, la aplicación a éstas de los preceptos legales y los principios doctrinarios atinentes. Ha sido reiterada la jurisprudencia de esta Sala al señalar que se presenta el vicio de inmotivación del fallo por silencio de prueba cuando el Juez omite toda mención de la existencia de un acta probatoria o cuando, aun señalando su existencia, se abstiene de analizarla y señalar el valor probatorio que le asigna. En el caso concreto, la Sala examinó el fallo impugnado y encontró que fueron mencionadas y analizadas indirectamente todas las pruebas incorporadas al proceso al transcribir la valoración que de ellas hizo el Tribunal de Primera Instancia, explicando en el folio 154 que todas ellas no demostraban los hechos alegados por el actor, razón por la cual la recurrida no incurrió en inmotivación por silencio de pruebas.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto contra la sentencia definitiva de 12 de diciembre de 2007, dictada por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. Se condena en costas al recurrente, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
divorcioinmotivaciónpruebassentenciaCorte de ApelacionesCódigo de Procedimiento Civilcasaciónjusticia