Sentencia N° 1324 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1324, Exp. 06-850, 09/08/2006
Expediente06-850
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-08-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de agosto de 2006, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Gabriel José Amorer contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Miranda. La parte recurrente alegó violaciones a normas de orden público y a la jurisprudencia reiterada, pero la Sala no encontró fundamentos suficientes para considerar que se habían transgredido derechos fundamentales o normas procesales.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, denuncia la parte actora recurrente que la sentencia impugnada violó el criterio reiterado establecido por esta Sala. En tal sentido, explica quien recurre que el día 7 de marzo de 2005, fue celebrada la audiencia de apelación, en la cual estuvieron presentes ambas partes, siendo que dicha oportunidad se expusieron los alegatos y se acompañaron los medios probatorios. Así pues, durante el desarrollo de la misma la parte demandada propuso la suspensión del proceso con la finalidad de buscar una solución amistosa, lo cual fue aceptado por la representación de la parte actora. Al transcurrir el plazo de suspensión sin obtener respuesta firme sobre el acuerdo, alega la recurrente que instó la consecución del proceso, fijándose la prolongación de la audiencia de apelación en tres oportunidades, en las cuales nunca fue posible su realización por enfermedad del Juez, avocamiento de nueva Juez y suspensión para notificar a la Procuraduría General de la República. Pues bien, cumplido el lapso de notificación a la Procuraduría General de la República, aduce la impugnante que en fecha 1° de diciembre de 2005, solicitó se fijara nueva oportunidad para celebrar la prolongación de dicha audiencia. Es así, como acudió al Tribunal el día 8 de diciembre de 2005, a las 9:00 a.m., sin que hasta ese momento se hubiese fijado la oportunidad de la audiencia de apelación y visto que su domicilio procesal se encuentra en la ciudad de Caracas, el día viernes 9 de diciembre de 2005 no volvió a ir a la sede del Tribunal, esperando hacerlo el día lunes 12 de diciembre de 2005. Pero es el caso que en fecha 12 de diciembre de 2005, falleció el ciudadano Miguel Alfredo López –suegro de la apoderada judicial del actor-, lo cual a decir de la recurrente constituyen causas de fuerza mayor insuperables que los seres humanos no pueden obviar, lo cual conllevó a que se le hiciera imposible acudir a la sede del Tribunal hasta el día 14 de diciembre de 2005, sin tener conocimiento de la fijación de la respectiva audiencia de apelación, por lo que en aplicación analógica del criterio sostenido por esta Sala, en cuanto a las prolongaciones de las audiencias preliminares, sostiene no pudo declararse desistida la audiencia por el solo hecho de la incomparecencia del demandante, toda vez que fueron promovidas pruebas que soportan los alegatos de las partes.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora contra la sentencia de fecha 9 de enero de 2006, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidaddespidoaudiencia de apelaciónincomparecenciajurisprudenciaorden públicoderecho laboral