Sentencia N° 1324 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1324, Exp. 05-1114, 11/10/2005
Expediente05-1114
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-10-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de octubre de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La decisión se fundamenta en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que no se evidenció violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial de la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el Control de la Legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar las normas de orden público y/o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos sub iudice, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: En el caso bajo estudio, expone el recurrente que el Juez de Alzada dejó constancia de la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia de parte, declarando desistido el recurso intentado y en consecuencia, firme la sentencia de Primera Instancia, lo cual viola lo establecido en la sentencia N° 115 emanada de la Sala de Casación Social, específicamente, de fecha 15 de febrero de 2004, ratificada en la sentencia N° 1300 de fecha 15 de octubre de 2004, conforme las cuales el Juez Superior ante la incomparecencia del demandado a la audiencia verificará si la sentencia recurrida y la petición del demandante no son contrarias a derecho y/o a la doctrina de la Sala de Casación Social.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 7 de junio de 2005, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadinadmisibilidadderecho a la defensadebido procesosentencia laboralrecurso de apelaciónjurisprudenciaorden público