Sentencia N° 1322 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1322, Exp. 05-1005, 11/10/2005
Expediente05-1005
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-10-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Cleto Estrada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Cojedes, que había declarado sin lugar el recurso de apelación por prescripción de la acción laboral. La Sala argumenta que no se evidencian violaciones a normas de orden público ni a la doctrina jurisprudencial establecida, concluyendo que la decisión impugnada se ajusta a derecho.
Extracto de la motiva
La parte recurrente alega que en el presente caso han sido violentadas normas de orden público tales como los artículos 12, 272 y 362 del Código de Procedimiento Civil, así como la violación del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo y del artículo 1956 del Código Civil. Se acusa la violación del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, que ordena a los jueces tener por norte de sus actos, la verdad, a decidir con arreglo a lo que conste en autos y a no suplir excepciones o defensas. Denuncia también la vulneración del principio de la cosa juzgada contemplado en el artículo 272 del Código de Procedimiento Civil y que hubo violación del artículo 362 del Código de Procedimiento Civil en virtud que no fue declarada la confesión ficta ya que la contestación de la demanda fue extemporánea por adelantada. Alega que hubo violación del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo por cuanto según su entender la alzada fundó su fallo en un falso supuesto que lo condujo a declarar prescrita la acción laboral, y en razón también que esta disposición contempla un término y no un lapso como erradamente lo asienta la juzgadora de alzada. Delata la violación del artículo 1956 del Código Civil porque el juez no puede suplir de oficio la prescripción no opuesta, sin indicar más detalles. Finalmente, denuncia la parte recurrente la violación del deber de los jueces de acoger la doctrina de casación contenida en el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para lo cual señaló que en la audiencia de apelación solicitó al Tribunal Superior la declaratoria de confesión ficta invocando para ello la sentencia N° 261 del 24-10-2001 Caso: César Augusto Ramos contra Coca Cola Refrescos C.A.
Dispositiva
En mérito a las precedentes conclusiones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha 21 de abril de 2005, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con sede en San Carlos.
Palabras clave
cobro de prestacionescontrol de legalidadprescripciónsentencia inadmisiblederecho laboraljuzgado superiorrecursos judiciales