Sentencia N° 1320 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de noviembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1320, Exp. 12-488, 28/11/2012
Expediente12-488
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-11-28
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La decisión se basa en que el recurso no cumple con los requisitos establecidos por la ley y no se evidencia violación de normas de orden público. La Sala argumenta que el control de la legalidad tiene un alcance limitado y que la decisión impugnada no presenta irregularidades que justifiquen su revisión.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En consecuencia, sostiene la recurrente que precisamente ante la ejecución judicial de lo ordenado por la Inspectoría del Trabajo en la providencia administrativa N° 225-2010, de fecha 15 de abril de 2010, por vía de excepción, alegó la ilegalidad de la orden de reenganche y pago de salarios caídos y el reconocimiento de los efectos jurídicos emanados del finiquito celebrado entre las partes, en fecha 20 de octubre de 2009, del cual se desprende la recepción por parte de la parte actora de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales derivados de la finalización de la relación de trabajo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 19 de marzo de 2012, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada.

Palabras clave

excepción de ilegalidadcosa juzgadacontrol de la legalidadderecho laboraljurisdicción contencioso administrativa

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