Sentencia N° 1314 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1314, Exp. 12-1349, 28/11/2012
Expediente12-1349
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-11-28
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 28 de noviembre de 2012, dictó sentencia en el juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. Se declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la parte codemandada, Fábrica de Hielo Barquisimeto, C.A., debido a que no se presentó la formalización del recurso dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se presentara la formalización del especialísimo recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha veintiuno (21) de septiembre de 2012, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se otorgan para el anuncio, y venció el día catorce (14) de octubre del mismo año, dejándose expresa constancia que ese día fue domingo y no se laboró, razón por la cual el próximo día fue el quince (15) de octubre de 2012, incluyendo el término de distancia correspondiente.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte codemandada, Fábrica de Hielo Barquisimeto, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 10 de agosto de 2012, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Se condena en costas a la parte demandada recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.