Sentencia N° 1312 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de noviembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1312, Exp. 12-790, 22/11/2012
Expediente12-790
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-11-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por CERVECERÍA POLAR, C.A. contra la Certificación N° CMO-C-036-11 emitida por la DIRESAT. La empresa alegó violaciones a su derecho a la defensa y al debido proceso, argumentando que no fue notificada adecuadamente en el procedimiento administrativo que llevó a la certificación médica que la afectaba. La Sala, tras analizar los argumentos, declaró sin lugar la apelación, confirmando la improcedencia de la medida cautelar solicitada por la empresa.
Extracto de la motiva
Alega la parte demandante, que la violación de derechos constitucionales se encuentra configurada en autos, las cuales se desprende de las actuaciones que conforman el expediente administrativo donde cursa el acto administrativo impugnado. Esgrime, que contrario a las razones utilizadas por el Tribunal a-quo, el derecho a la defensa, al debido proceso y la garantía a ser juzgado por un Juez natural, sí fueron conculcados por la autoridad administrativa que emitió el acto cuestionado. Arguye, que de los recaudos consignados por esa representación judicial con el escrito recursivo, se desprenden las situaciones de hecho y de derecho que justifican la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado, entre ellos: 1) La no participación de la empresa en el proceso constitutivo del acto administrativo, por cuanto no se le otorgo oportunidad para ello; 2) Que el acto administrativo fue emitido con prescindencia de alegatos y pruebas por parte de la empresa, ya que no le fue otorgado lapso u oportunidad para hacerlo, ni siquiera para acceder a las pruebas recabadas por la Administración Pública; 3) Que la certificación N° CMO-C-138-11 de fecha 28 de julio del año 2011, se encuentra fundamentado en las disposiciones de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo y su Reglamento, específicamente en aquellas que tratan y prevén las indemnizaciones que resultan procedentes por el incumplimiento o violación de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo por parte del empleador. Que en tal sentido, se observa claramente la configuración de los requisitos exigidos por la jurisprudencia emanada de este máximo Tribunal, para la procedencia de la medida cautelar peticionada.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en fecha 25 de abril del año 2012. En consecuencia, se CONFIRMA la improcedencia de la medida cautelar declarada por el a quo, en los términos expuestos en este fallo.
Palabras clave
CERVECERÍA POLARNulidadContencioso AdministrativoDerecho a la defensaDebido proceso