Sentencia N° 1311 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de noviembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1311, Exp. 08-1208, 16/11/2010
Expediente08-1208
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2010-11-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia aclara la sentencia N° 1096, publicada el 13 de octubre de 2010, en la que se declaró con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por PDVSA PETRÓLEO, S.A. contra una sentencia de primera instancia. La aclaratoria se solicita debido a un alegato sobre la prescripción que no fue atacado en el control de la legalidad. La Sala considera que la conclusión de que la prescripción quedó firme es errada, ya que ambas partes apelaron la sentencia de primera instancia, lo que permitió al Juzgado Superior conocer de la causa.
Extracto de la motiva
En relación con el pronunciamiento sobre la prescripción no atacada en el control de la legalidad es necesario advertir que la Sala anuló la sentencia de segunda instancia por los vicios denunciados en el escrito de control de la legalidad y no, por la denuncia de prescripción realizada en la audiencia oral. Respecto al alegato referido a que la prescripción quedó firme al ser declarada sin lugar por la sentencia de primera instancia y no haber sido objeto de apelación, la Sala considera que es errada esa conclusión pues las dos partes apelaron de la sentencia de primera instancia lo cual otorgó al Juzgado Superior, y en este caso a la Sala de Casación Social, pleno conocimiento de la causa, inclusive sobre la defensa de prescripción desechada por primera instancia.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que se deja aclarada la sentencia N° 1096, en fecha 13 de octubre de 2010 en los términos precedentes. Téngase la presente decisión como parte integrante de la sentencia ya publicada. Publíquese y regístrese. Agréguese al expediente.
Palabras clave
aclaratoriaprescripciónsentencia
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