Sentencia N° 1306 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de diciembre de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 1306, Exp. 16-615, 09/12/2016
Expediente16-615
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoRegulacion de Competencia
Fecha de la decisión2016-12-09
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia solicitada por la parte demandada en un juicio por levantamiento de velo corporativo. El Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria del Estado Táchira había declarado su competencia, pero el Juzgado Superior Cuarto se declaró incompetente para regular la competencia. La Sala concluyó que no tenía competencia para conocer de la regulación solicitada, ya que el asunto debía ser resuelto por el Juzgado Superior de la Circunscripción correspondiente.
Extracto de la motiva
El Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante sentencia del 9 de marzo de 2016, afirmó su competencia para conocer de la demanda propuesta, en razón del territorio, decisión contra la cual se ejerció recurso de regulación de competencia. Por su parte, el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando por remisión, resolvió que no tenía aptitud para regular la competencia, al indicar: […] visto que de las presentes actas se desprende que en el libelo se señalan varios fundos allende las fronteras del estado Táchira, ubicados en jurisdicción de los estados Barinas y Apure, ESTE JUZGADO SE DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO PARA RESOLVER LA REGULACIÓN DE COMPETENCIA PLANTEADA, Y ASÍ SE RESUELVE. […] Por tanto, al no estar dados los supuestos necesarios para que este Juzgado Superior conozca de la regulación de competencia planteada, se concluye que por mandato del artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, le corresponde dirimir la presente regulación de competencia a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, y ASÍ SE RESUELVE.
Dispositiva
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: La INCOMPETENCIA de la Sala de Casación Social para resolver la regulación solicitada por la accionada, contra la decisión del 9 de marzo de 2016, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de esa misma Circunscripción Judicial del Estado Táchira. SEGUNDO: COMPETENTE al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal, para conocer de la regulación de competencia. TERCERO: En consecuencia, ORDENA remitir las actuaciones al mencionado Juzgado Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.