Sentencia N° 1305 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de octubre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1305, Exp. 05-834, 11/10/2005
Expediente05-834
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO ALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-10-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Jesús Alberto Sáez Luzardo, quien impugnó una decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo que revocó una sentencia anterior a favor de su demanda de estabilidad laboral. La Sala analizó la admisibilidad del recurso conforme al artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concluyendo que la decisión recurrida no violaba normas de orden público ni contravenía la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, prevé que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. La Sala en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, estableció que “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”. En virtud de lo anterior, la Sala considera que la recurrida aplicó correctamente las normas denunciadas y la doctrina de esta Sala, razón por la cual no incurre en quebrantamientos del orden legal establecido ni de la jurisprudencia de la Sala, que en definitiva transgrediría el Estado de Derecho.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia publicada el 7 de marzo de 2005, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Coordinación Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de que lo envíe al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo correspondiente.
Palabras clave
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