Sentencia N° 1304 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de octubre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1304, Exp. 04-593, 25/10/2004
Expediente04-593
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-10-25
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 25 de octubre de 2004, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por los abogados de los demandantes, quienes buscaban la declaración de existencia de una relación laboral con la empresa demandada. La sentencia de primera instancia había declarado inadmisible la acción, lo que fue confirmado por la Sala al considerar que existían otras vías para satisfacer el interés de los actores, como el procedimiento ordinario de cobro de prestaciones sociales.
Extracto de la motiva
Esta Sala ha constatado que son varias las infracciones delatadas en la denuncia que nos ocupa, estando sustentada la primera de ellas en una cuestión jurídica previa, específicamente en la inadmisibilidad de la acción propuesta, lo cual conlleva a la imperiosa necesidad de que se resuelva en primer lugar lo concerniente a dicho punto, toda vez que de no proceder la denuncia en cuestión, sería inoficioso y dilatorio el conocimiento de las demás denuncias. Lo dicho anteriormente tiene su fundamento en la doctrina imperante en este alto Tribunal sobre la metodología apropiada para formalizar el recurso de casación, en los casos en que se denuncie sentencias que decidan sobre una cuestión jurídica que por su naturaleza es previa con fuerza y alcance procesal suficiente como para destruir los otros alegatos de autos. La metodología en cuestión, le exige al formalizante que combata, a priori, mediante una denuncia por infracción de ley, la razón de derecho sostenida por el juez de la alzada concerniente a la cuestión jurídica planteada. Por consiguiente, esta Sala pasa al conocimiento de la misma de la siguiente manera: Se constata del estudio exhaustivo de la delación, que aun y cuando el formalizante aduce la infracción del artículo 16 del Código de Procedimiento Civil por falsa aplicación, se aprecia de la fundamentación del escrito que lo querido denunciar por el recurrente fue la errónea interpretación del artículo citado, por lo que esta Sala pasa a conocerla bajo dicha infracción.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por el abogado Nelson Lucena, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Freddy Canquiz, Antonio María Castillo, José Hermenegildo Coronel Navas, José Javier Farfán Linares, Leopoldo José Godoy, José Alejandro Irigoyen, Robert Antonio Matheus Vitriago, José Ramón Molina y Antonio Belisario, contra la decisión dictada en fecha 15 de abril del año de 2004 y reproducida en fecha 21 del mismo mes y año por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia. No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la presente acción.
Palabras clave
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