Sentencia N° 1303 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de noviembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1303, Exp. 10-1204, 16/11/2010
Expediente10-1204
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-11-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de noviembre de 2010, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Wilfredo José García contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Portuguesa. La decisión se fundamenta en que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no incurre en las violaciones alegadas por la parte actora, quienes argumentaron que la sentencia impugnada infringió varias disposiciones legales y omitió pronunciarse sobre un acuerdo parcial de mediación.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, denuncia la representación judicial de la parte actora que la sentencia impugnada infringió los artículos 11, 69, 70, 72 y 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 60 de la Ley Orgánica del Trabajo, 509 del Código de Procedimiento Civil, 8 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, así como también contravino la doctrina jurisprudencial de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, pues, consideran que la recurrida obvió analizar la providencia administrativa Nº 00040-2008, de fecha 8 de febrero de 2008, en la cual se determinó que la parte demandada debía pagar al accionante, las prestaciones sociales de acuerdo con la Convención Colectiva de Trabajo de la Industria de la Construcción, atendiendo a que del objeto social de las demandadas, se desprende que las mismas cumplen actividades propias de la industria de la construcción.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora, contra la sentencia de fecha 30 de julio de 2010, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Palabras clave
control de legalidadsentenciatrabajoinadmisionjurisprudencia