Sentencia N° 1298 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1298, Exp. 06-424, 09/08/2006
Expediente06-424
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-08-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 09 de agosto de 2006, admitió el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, C. Y P. CONSTRUCCIONES, C.A., contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Sala destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional que debe cumplir con ciertos requisitos para su admisibilidad, según lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Es pertinente observar, que siendo el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación excepcional, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Asimismo, es oportuno dejar por sentado, que tratándose como antes se expresó, de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo antes mencionado, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de jurisprudencia reiterada de esta Sala. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaben el debido proceso y derecho a la defensa.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 2 de marzo de 2006, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En consecuencia, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.
Palabras clave
control de la legalidadrecurso de apelaciónderecho laboralaudiencia preliminarnotificacióndebido procesojurisprudenciaexigencias procesales