Sentencia N° 1297 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de noviembre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1297, Exp. 11-1183, 23/11/2011
Expediente11-1183
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2011-11-23
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por la sociedad mercantil El Siglo, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Aragua. La decisión se basa en que no se evidenció violación de normas de orden público en la sentencia impugnada, ajustándose a derecho. Se destaca que el recurso no cumplía con los fines establecidos para su admisión.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En el caso bajo estudio, denuncia la parte demandada recurrente en su escrito, lo que a continuación se transcribe: (…) formalmente procedo a interponer el RECURSO DE CONTROL DE LA LEGALIDAD contra la referida sentencia, en virtud que la misma infringe el principio de irretroactividad consagrado en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como el artículo 1° del Código Civil, con lo cual se lesionan además otros principios que sustentan el ordenamiento jurídico, tales como la seguridad jurídica y la expectativa legítima que debemos tener los ciudadanos en las sentencias que emanan de los órganos judiciales; recurso que ejerzo conforme a los argumentos que se explanan y explican a continuación, para que una vez examinados por la Sala de Casación del Tribunal Supremo de Justicia, sea admitido y en la definitiva declarado con lugar, como es de ley.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil EL SIGLO, C.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 27 de julio de 2011. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente. Continúese la tramitación del recurso ejercido por la otra parte.
Palabras clave
irretroactividadunidad tributariabeneficio laboralLey Programa de Alimentacióncontrol de legalidaddecisiones judiciales