Sentencia N° 1296 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1296, Exp. 09-690, 11/08/2009
Expediente09-690
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-08-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió el recurso de casación interpuesto por AGROFLORA contra la sentencia del Juzgado Superior que declaró sin lugar la apelación y confirmó la cosa juzgada. La Sala determinó que el formalizante no logró desvirtuar el pronunciamiento de cosa juzgada, lo que impidió el análisis de las denuncias planteadas en el recurso. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de casación y se condenó en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

La recurrida declaró sin lugar la apelación ejercida por la parte querellante en el presente caso, en contra de la sentencia proferida por el Tribunal a quo de fecha 2 de mayo de 2005, la cual declaró cosa juzgada lo debatido en el presente juicio, confirmando dicha sentencia bajo el siguiente criterio: (Omissis) De manera que, analizados los elementos de la cosa juzgada en concreto, observa este Tribunal Superior que estos se cumplen en el caso sub iudice, es decir, de dictar el juzgado a-quo una sentencia respecto del debate planteado por las partes mediante el presente procedimiento, conllevaría a dictar un pronunciamiento que precedentemente fue objeto de controversia y resuelto mediante una decisión del Juzgado De Primera Instancia (…) en fecha 27 de septiembre de 1976 y confirmada en fecha 13 de junio de 1977, por el Juzgado Superior (…) (tal como se evidencia de las actas procesales y de los instrumentos corrientes en el presente expediente judicial) a la que la ley le otorga fuerza de cosa juzgada, cumpliéndose así con la triple identidad arriba señalada. En virtud de ello debe esta sentenciadora declarar procedente el alegato de Cosa Juzgada formulado por la representación judicial de la parte querellada, y por ende declarar sin lugar la apelación ejercida por el apoderado judicial del querellante de autos, confirmando en todas y cada una de sus partes, la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en fecha 2 de mayo de 2005, mediante la cual declaró como cosa juzgada, lo debatido en el presente juicio.

Dispositiva

En virtud de todos los argumentos expuestos, esta Sala de Casación Social Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte querellante, constituida por la AGROPECUARIA FLORA “AGROFLORA”, C.A., contra la sentencia definitiva proferida por el Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, en fecha 4 de febrero de 2009. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de la causa, es decir, al Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de al Circunscripción Judicial del Estado Apure. Particípese de la remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil. De acuerdo al artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del recurso a la parte recurrente.

Palabras clave

inmotivacióncosa juzgadaprocedimiento civilnulidadorden públicosentenciapruebas

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