Sentencia N° 1292 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de julio de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1292, Exp. 08-810, 31/07/2008
Expediente08-810
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-07-31
DecisiónAdmitido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 31 de julio de 2008, admitió el recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos Gloria Sifontes, Luis Domínguez y Reinaldo Luis Rodríguez Amundaray contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Monagas. La Sala consideró que el recurso cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, destacando la importancia de proteger los derechos laborales y el debido proceso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, o contraríen la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad de dicho recurso. Además, la admisión del recurso in commento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto mediante escrito cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida norma establece para su interposición, el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. Adicionalmente, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de esta Sala.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de los accionantes, los ciudadanos Gloria Sifontes, Luis Domínguez y Reinaldo Luis Rodríguez Amundaray contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de fecha 18 de marzo de 2008. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr el lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la parte demandada consigne la contestación del recurso; y una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para la audiencia oral, pública y contradictoria.

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