Sentencia N° 1291 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de octubre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1291, Exp. 04-966, 07/10/2004
Expediente04-966
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2004-10-07
DecisiónDeclina
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la solicitud de regulación de jurisdicción planteada por Manuel Darío Guape, quien había sido despedido. El Juzgado del Municipio Cedeño declaró la falta de jurisdicción y remitió el expediente a la Sala Político Administrativa. La Sala de Casación Social, tras analizar la normativa aplicable, decidió declinar su competencia a la Sala Político Administrativa, considerando que esta última es la competente para conocer el asunto.
Extracto de la motiva
Por lo anteriormente señalado, esta Sala de Casación Social se declara incompetente para conocer de este asunto y declina la competencia en la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, por considerar que es la competente para conocer la presente regulación de jurisdicción declarada por el Juzgado del Municipio Cedeño del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Caicara del Orinoco. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de las apreciaciones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA el conocimiento de este asunto en la SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA de este máximo Tribunal. Publíquese, regístrese y remítase el respectivo expediente a la Sala Político Administrativa, participándole esta decisión al Juzgado del Municipio Cedeño del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Caicara del Orinoco.
Palabras clave
despidojurisdicciónregulacióncompetenciatrabajadorinmovilidad laboralCódigo de Procedimiento Civil